La iniciativa aprobada este jueves por el Senado modifica el artículo 48 de la ley 24.449 de Tránsito, quedando prohibido conducir vehículos con una alcoholemia superior a cero miligramos.
Ahora, con la nueva modificación a la norma vigente, quedará prohibido conducir vehículos motores de cualquier tipo y en todo el país con una alcoholemia superior a cero miligramos por litro de sangre.
La iniciativa que modifica el artículo 48 de la ley 24.449 fue elaborada por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), el Ministerio de Salud de la Nación, la Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación Argentina (Sedronar), asociaciones de familiares de víctimas de accidentes de tránsito y senadores y diputados nacionales.
Había sido sancionada por la Cámara de Diputados el 24 de noviembre del año pasado por una mayoría de 195 votos, y ahora convertida en ley por el Senado también con 48 votos a favor y nueve en contra, en su mayoría representantes opositores de provincias productoras de vino.
Más historias
Dengue: cómo será la segunda etapa del plan de vacunación en Buenos Aires
Amenazas a Bullrich y Pullaro: elevan el nivel de alerta de seguridad en Rosario
El doxeo en primera persona: así hostiga la patrulla virtual de Milei a los científicos