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Cómo será el impuesto al desarrollo de countries que se cobrará en Pilar desde 2023

Es la Contribución a la Valorización Inmobiliaria. Alcanza también a barrios cerrados, shoppings y cementerios. Será de al menos un 10% del valor de la tierra. Se destinará a planes de vivienda.

La ordenanza Fiscal e Impositiva 2023, aprobada el viernes por la mayoría de la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes, incluye un nuevo tributo dirigido a los grandes desarrolladores urbanos que invierten en el distrito: la Contribución Obligatoria sobre la Valorización Inmobiliaria.

El impuesto grabará a clubes de campo, barrios cerrados, condominios, cementerios privados, emprendimientos de grandes superficies comerciales, incluidas distribuidoras, siempre que tengan más de 5 mil m2.

Todos deberán tributar al municipio un mínimo del 10% de la diferencia entre valor de la tierra al momento de ser adquirida y el que tiene una vez obtenidos los permisos correspondientes por parte del Municipio. Ese aumento suele ser sideral.

La creación de la nueva contribución está establecida en la ley provincial 14.449 de Acceso Justo al Hábitat, a la que adhirió Pilar y de cuya sanción se cumplieron diez años.

La norma fiscal aprobada en Pilar toma partes del texto de esa ley bonaerense. Entre ellas, las que describen los “hechos generadores de la participación del municipio en las valorizaciones inmobiliarias” y que, por lo tanto, lo hacen pasible de percibir la contribución obligatoria. Entre otros, menciona:  

• La incorporación al Área Complementaria o al Área Urbana de inmuebles clasificados dentro del espacio territorial del Área Rural.

• El establecimiento o la modificación del régimen de usos del suelo o la zonificación territorial.

• La autorización de un mayor aprovechamiento edificatorio de las parcelas.

• La ejecución de obras públicas cuando no se haya utilizado para su financiación el mecanismo de contribución por mejoras.

• Las autorizaciones administrativas que permitan o generen grandes desarrollos inmobiliarios.

• Todo otro hecho, obra, acción o decisión administrativa que permita, en conjunto o individualmente, el incremento del valor del inmueble.

Literalmente, no existe desarrollo inmobiliario de los alcanzados por esta norma que no requieran de uno o más de los pasos de la lista.

La determinación de los porcentajes a cobrar será facultad del Ejecutivo municipal, previa consulta con la Dirección Provincial de Hábitat. No podrá ser inferior al 10% ni superior al 33%, salvo en los casos en los que el Municipio realice obras de infraestructura mínima para el emprendimiento, como calles desagües pluviales; alumbrado público; agua potable y cloacas o señalización urbana. Eso podría elevar el cobro al 50%.

La contribución deberá pagarse al momento de solicitar el permiso de urbanización o construcción; en el cambio de uso del inmueble o transferencia de dominio.

Destino
Se espera que la nueva contribución genere recursos millonarios que se utilizarán para mejorar el hábitat de zonas vulnerables y generar terrenos urbanizables, un bien escaso en el distrito. Entre los usos previstos figuran:

• Proveer suelo urbanizable en centros urbanos y zonas rurales.

• Desarrollar áreas residenciales mediante la construcción de conjuntos de viviendas con infraestructura y servicios.

• Integración urbana de villas y asentamientos.

• Recuperación de edificios y sectores urbanos en proceso de degradación.

• Generar infraestructura y espacios recreativos públicos.

• Favorecer la regularización dominial.

• Mejorar inmuebles fiscales de uso público.

De acuerdo a la ley provincial, la intención es el “fortalecimiento de la regulación pública sobre el suelo urbano con la finalidad de desalentar prácticas especulativas, utilizando instrumentos de recuperación y redistribución social de la valorización de los inmuebles”. El impuesto en manos de los municipios es uno de los elementos más concretos.

Consejo local

La Ley de Acceso Justo al Hábitat fue sancionada en la provincia de Buenos Aires en noviembre de 2012, hace justo una década, impulsada por organizaciones de base y universidades nacionales.

Además del impuesto que creó Pilar, establece la creación de un Consejo Local de Hábitat, un organismo multisectorial que deberá definir políticas habitacionales.