Fue en respuesta de un reclamo de las senadoras Juliana Di Tullio y Lucía Corpacci y el diputado Germán Pedro Martínez de un encuentro para discutir la legitimidad del presidente del máximo tribunal en la elección de representantes en el Consejo de la Magistratura.
Rosatti recurrió al Reglamento para la Justicia Nacional y al expediente en trámite que tiene el senador Luis Juez para rechazar el pedido de audiencia de los legisladores oficialistas, en una decisión firmada el lunes pero conocida el martes.
El artículo 72 del Reglamento, modificado en el 2004 por una acordada de la Corte, dicta que «cuando los litigantes y profesionales soliciten audiencia con alguno de los jueces del Tribunal, ella tendrá lugar siempre que dichas personas obtengan la presencia de la contraparte o de su letrado en la causa contenciosa de que se trate».
La presidencia de la Corte señaló en este sentido que hay un amparo del senador Juez que tramita la justicia en lo Contencioso Administrativo Federal que dirime «cuestiones vinculadas al motivo por el cual se requiere la audiencia».
El pedido fue formalizado el miércoles pasado por las senadoras Juliana Di Tullio y Lucía Corpacci y el diputado Germán Pedro Martínez.
Apenas conocida la decisión, Di Tullio replicó en las redes sociales que «la Corte Suprema de Rosatti va a decidir sobre nuestras decisiones violando la independencia del Poder legislativo; esas decisiones van a afectar a terceros, contrariamente a lo que falló esa misma Corte hace un año, pero se niega a recibirnos».
También Martínez comentó la decisión del presidente de la Corte y escribió: «Democrático el Supremo Rosatti. Declaró inconstitucional una ley del Consejo de la Magistratura, que llevaba 15 años. Emplazó al Congreso. Repuso una ley derogada. Invadió competencias legislativas. Paralizó al Consejo. Y no concede una audiencia. ¿Calidad institucional? Bien gracias».
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